Psicóloga Isabel Ruiz Mateo | Contacto

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LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS:

Protección de datos de carácter personal


Sus datos serán tratados conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y a su correspondiente desarrollo reglamentario Publicado en: «BOE» núm. 298, de 14/12/1999 con entrada en vigor: 14/01/2000.


Artículo 1. Objeto.


La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.


Artículo 2. Ámbito de aplicación.


1. La presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.


Artículo 8. Datos relativos a la salud.


Sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo 11 respecto de la cesión, las instituciones y los centros sanitarios públicos y privados y los profesionales correspondientes podrán proceder al tratamiento de los datos de carácter personal relativos a la salud de las personas que a ellos acudan o hayan de ser tratados en los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación estatal o autonómica sobre sanidad.



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